Según la recientemente aprobada Resolución No. 357/2012 del Ministerio de Finanzas y Precios de Cuba, ya es posible entrar en la Isla los siguientes artículos sin tener que pagar derechos aduanales:
- Reproductores de multimedia portátiles (Ipods, mp3 y mp4 players, etc...)
- Teléfonos celulares
- Aparatos de televisión portátil
- Computadoras personales portátiles
- Cámaras fotográficas
- Artículos para la transportación, entretenimiento, alimentación y cuidado de los niños, conforme a la edad de los mismos.
Por lo tanto, ya se pueden importar los artículos anteriormente descritos, junto a los efectos personales tradicionalmente permitidos de manera gratis: ropa, calzado, artículos de tocador y de aseo personal.
Si tiene alguna pregunta al respecto, no dude en consultarnos en el 702-502-9272 o a través de nuestro email [email protected]
Si desea consultar la Resolución No. 357/2012 solamente haga click en el documento siguiente
- Reproductores de multimedia portátiles (Ipods, mp3 y mp4 players, etc...)
- Teléfonos celulares
- Aparatos de televisión portátil
- Computadoras personales portátiles
- Cámaras fotográficas
- Artículos para la transportación, entretenimiento, alimentación y cuidado de los niños, conforme a la edad de los mismos.
Por lo tanto, ya se pueden importar los artículos anteriormente descritos, junto a los efectos personales tradicionalmente permitidos de manera gratis: ropa, calzado, artículos de tocador y de aseo personal.
Si tiene alguna pregunta al respecto, no dude en consultarnos en el 702-502-9272 o a través de nuestro email [email protected]
Si desea consultar la Resolución No. 357/2012 solamente haga click en el documento siguiente
goe-046-2012.pdf |